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Comité de Seguridad Ciudadana

COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
SAN MIGUEL DE EL FAIQUE – CODISEC
Ley N° 27993, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana

El San Miguel de El Faique en el que hoy damos cuenta en conjunto con el COMITÉ DE SEGURIDAD CIUDADANA – CODISEC, además, es un distrito capaz de luchar contra la inseguridad ciudadana. Con un Serenazgo moderno y eficaz, con más recursos humanos y materiales en la lucha contra el delito. Una nueva seguridad ciudadana para la convivencia, que utiliza las herramientas y tecnologías para mejorar la calidad de vida de los vecinos y lograr que San Miguel de El Faique siga siendo más seguro.

Nuestra estrategia nos permite tener un Serenazgo más profesional, con personal especializados y con capacitación permanente. Con cámaras de video vigilancia y  comunicación directa, hacen un trabajo más eficaz, para detectar y prevenir los problemas de la zona.

Con la presencia de serenos y unidades móviles en nuestras calles las 24 horas del día los 365 días del año, con los canales permanentes para con nuestros vecinos, en coordinación permanentemente con la Policía Nacional.

Artículo 26.- Definición
El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del SINASEC a nivel distrital.

En cumplimiento a lo prescrito en la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento, el Alcalde Distrital de San Miguel de El Faique, Sr. Guillermo Morales Sánchez , el día 12 del mes de enero del 2023 realiza la convocatoria a los miembros del CODISEC, en la cual se instala el Comité y se efectúa la juramentación del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Miguel de El Faique.

Artículo 27.- Miembros
El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del Distrito de San Miguel De El Faique están integrados por los siguientes miembros:

FUNCIONES DEL CODISEC

Artículo 28.- Funciones
Son funciones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC), además de las establecidas en la Ley Nº 27933 y sus modificatorias, las siguientes:

  1. Aprobar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana (PDSC).
    b. Aprobar los planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana en el ámbito distrital.
    c. Estudiar y analizar la problemática de seguridad ciudadana de la jurisdicción distrital, en coordinación con el Comité Provincial correspondiente.
    d. Realizar el monitoreo, supervisión y evaluación de la implementación de las políticas, planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana en su distrito.
    e. Proponer recomendaciones para optimizar el funcionamiento del SINASEC en el ámbito distrital.
    f. Realizar por lo menos una consulta pública ordinaria trimestral para informar sobre las acciones, avances, logros y dificultades en materia de seguridad ciudadana a nivel distrital, conforme lo establecido en el artículo 39 del presente Reglamento, debiendo para tal efecto convocar a las organizaciones vecinales, sociales, religiosas, culturales, educativas y deportivas, coordinadores zonales de seguridad ciudadana, integrantes de mesas de concertación, en los lugares donde exista, entidades del sector comercial y empresarial, instituciones privadas y otras que estime pertinente.
    g. Informar trimestralmente a la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, al Consejo Regional y Concejo Provincial correspondiente, así como al Concejo Municipal Distrital sobre los avances en la implementación de los planes de seguridad ciudadana.
    h. Coadyuvar a la implementación de los centros de video vigilancia y observatorios provinciales de seguridad ciudadana.
    i. Promover el fortalecimiento de capacidades en materia de seguridad ciudadana y fomentar las iniciativas sobre la materia en el ámbito distrital.
    j. Otras que les atribuya el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, así como los Comités Regional y Provincial correspondientes.

Artículo 29.- Presidencia
El Presidente del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es responsable de convocar e instalar las sesiones del Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana en un plazo no mayor de diez (10) días, a partir del inicio de sus funciones y al inicio de cada año fiscal.
Asimismo, el Presidente del CODISEC es el principal responsable del cumplimiento de las funciones asignadas a dicho órgano colegiado, establecidas en el artículo precedente.